Educar en Casa en Argentina
Mi nombre es Isabel, y soy madre de dos niñas y un varón. Desde el año 2005 comenzamos a educarnos en casa. ¿Qué quiero decir con esto? Simple, desde el año 2005 mis hijos han dejado de concurrir a establecimientos escolares.
¿Significa que están en condición de “deserción escolar”? No, y para fundamentar mi respuesta debo hacer una diferenciación entre Absentismo (o deserción) escolar y Desescolarización. Mientras que en el primer caso se encuadran las inasistencias del 20% o más de las sesiones lectivas normales programadas; el segundo corresponde, al Alumnado No Matriculado o con una inasistencia del 100% a las sesiones lectivas normalmente programadas; que se educa y aprende en forma libre e independiente del Sistema Escolarizado Formal. Y este último es nuestro caso. Pero, ¿qué significa Educar en Casa?… ¿Qué los niños se “encierran” en el hogar, sin tener contacto con el resto de la civilización? No, significa que en lugar de asistir a una Institución escolar, reciben su instrucción a través de diversas y variadas estrategias de enseñanza y aprendizaje, que se eligen y/o planifican en familia, de acuerdo a los intereses, desarrollo integral, aptitudes y tiempos de cada uno de sus miembros.
La siguiente pregunta a responder, puede plantearse de diferentes formas; según el nivel de conocimiento de quien la formule y está directamente relacionada con la “sociabilidad”: “Condición, vocación y acción del hombre en cuanto individuo a crear y mantener relaciones significativas con los otros hombres” (Diccionario Enciclopédico Salvat: Tomo XXIV, pág. 3424 ISBN: 84-345-5898-X) Otras definiciones interesantes que halle en la misma obra de consulta, fueron las siguientes:
Socialización: Proceso muy complejo a través del cual los individuos adquieren y se identifican con el sistema de normas y pautas de comportamiento de la sociedad.
Socializar: Transferir al Estado, u otro órgano colectivo, las propiedades, industrias, etc., particulares. / Promover las condiciones sociales que, independientemente del Estado, favorezcan en los seres humanos el desarrollo integral de su persona.
Sociedad: Reunión mayor o menor de personas, familias, pueblos o naciones. / Agrupación natural o pactada de personas con el fin de cumplir, mediante la mutua cooperación, todos o algunos de los fines de la vida. Nótese que el término sociabilizar en su íntegra definición, no estaría suponiendo que soy un ente totalmente idiota que necesita de una Institución especializada para convertirme en un ser sociable. Si no, y contrariamente, me define como un ser cuya condición social es intrínseco a mi naturaleza humana. Por otra parte, la definición de “socializar” en su primera acepción habla de “transferir bienes particulares” al Estado…. ¿? jamás se me ocurriría considerar a mis hijos como “bienes propios”…. “tus hijos, no son tus hijos… son hijos e hijas de la vida deseosa de sí misma…” decía el poeta libanés Khalil Gibrán, y es muy cierto. Sin embargo, llegaron a esta vida a través de sus padres, y por lo tanto esto les confiere a éstos últimos la principal e indelegable RESPONSABIIDAD en su crianza y educación integral, de modo que sería incorrecto “transferir” la misma al Estado.
La segunda acepción, tiene un tono mucho más apropiado a los fines que nos ocupan: “Promover las condiciones sociales que, independientemente del Estado, favorezcan en los seres humanos el desarrollo integral de su persona”. Y es justamente lo que hacemos como familia educadora, favorecemos el desarrollo integral y promovemos la condición de sociabilidad de nuestros hijos insertándolos en diversos ámbitos sociales. No les reducimos los espacios, sino que se los ampliamos. Nuestros hijos no se limitan a sociabilizar con otros niños de su edad, sino que se sociabilizan con personas de todas las edades, credos, religiones, razas, ideologías políticas, etc.; y lo hacen guiados por quienes fueron el canal a través del cuál llegaron a esta vida… PAPÁ y MAMÁ. Así mismo es como los chicos adquieren su socialización (“Proceso muy complejo a través del cual los individuos adquieren y se identifican con el sistema de normas y pautas de comportamiento de la sociedad”) no desde la teoría en una pizarra, sino desde la misma práctica cotidiana, ya que la familia, es una agrupación natural de personas que convive con “mayores y menores, agrupaciones pactadas con el fin de cumplir, mediante la mutua cooperación, todos o algunos de los fines de la vida”.
Otro tema interesante que surge, también como una aparente piedra en el camino, a la hora de hablar de Educación en Casa en Argentina… LEGALIDAD. 1 En la misma obra citada con anterioridad, diferente tomo (XVI, página 2262, ISBN: 84-345-5890-4), al buscar dicha expresión se lee: Legalidad: f. Calidad de legal. Principio de Legalidad. Der. Exigencia de que el Estado se halle sometido a la ley. Ha sido acogida en la actualidad en la mayoría de los países, y tiene especial concreción en la función jurisdiccional (judicial) del Estado y en su actividad público-administrativa. En ambos campos, con el principio de legalidad se persiguen unas garantías jurídicas de gran trascendencia política para el ciudadano. (…) Como no he estudiado “derecho”, aún, tuve que seguir indagando en la cuestión; ya que la definición no me decía demasiado… Y buscando, buscando, encontré lo siguiente: El principio de legalidad (‘nullum crimen, nulla poena sine lege’) está contenido en la Constitución Nacional, en el art. 18, complementado por el art. 19 y de él surgen principios básicos para nuestro Derecho Penal. Conforme al principio de legalidad, sólo la ley crea delitos, y sólo podrá considerarse delito, aquel hecho que la ley declare delito expresamente. Por eso es que decimos que ‘no hay delito sin ley’. Mientras la ley no prohíba un hecho, el hombre tiene libertad para realizarlo. (…) Para poder aplicar pena por un hecho, no basta que la ley lo declare delito, sino que es necesario que dicha ley sea previa, anterior al hecho.
Con esto se está declarando la irretroactividad de la ley penal; o sea, que ella no puede aplicarse a hechos pasados, sino que debe aplicarse a hechos futuros. (…) (…) para que una norma responda al principio de legalidad, ella debe ser: A) Escrita, para que no queden dudas acerca de su contenido. B) Estricta, significa que debe describir concretamente la conducta que es delito (este es un medio para evitar la analogía). C) Previa: debe ser anterior al hecho delictivo. Bien, se pone interesante el tema, hasta ahora tenemos que “sólo la ley crea delitos”, que “no basta que la ley lo declare delito” y que “para que una norma responda al principio de legalidad debe ser: a) Escrita, b) Estricta y c) Previa. Quienes hayan tenido contacto con el texto de la ley 26.206 de Educación Nacional, podrán advertir que no existe en todo el documento, ni una sola mención que relacione la educación en casa con “delito”. ¿Por qué escribo “delito”? porque quienes acusan de ser dudosa la legalidad de Educar en Casa en Argentina, estarían insinuando que al optar por esta alternativa, cometemos delito. Y como hemos visto, “sólo la ley crea delitos”.
Hasta aquí mi responsabilidad civil de cerciorarme no estar incurriendo en delito alguno al Educar a mis hijos en Casa. Existen, a si mismo, varios documentos legales que avalan nuestra elección de Educar en el Hogar. Uno de ellos es, nuestra Constitución Nacional.
La misma declara en su artículo 14 que todos los habitantes de la Nación gozan del derecho de enseñar y aprender, sin apuntar hacia ningún método o alternativa en particular (a diferencia de las constituciones de otros países).
El artículo 19 establece que ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe. Como hemos visto anteriormente la Educación en Casa, si bien no está reglamentada como alternativa, tampoco está expresamente prohibida.
El artículo 28 aclara que “los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”.
El artículo 31 proclama que “Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras, son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que convengan las leyes o constituciones provinciales (…)” y el artículo 33 demanda que; “Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados, pero que nacen del principio de soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno”.
Educar en Casa en Argentina ES LEGAL 2 Hasta aquí, mi tranquilidad de conciencia de saber que estoy cumpliendo con mi Responsabilidad de Madre (Padres), con el respaldo de las “leyes de los hombres”. Existe, además, el “Derecho natural, que designa el orden justo por sí mismo, que inspira y se sitúa por encima del Derecho positivo. El Derecho natural posee validez y eficacia jurídica por sí mismo, en tanto que la validez del Derecho positivo depende de una norma legal vigente. Así, se establece el Derecho natural desde una perspectiva teológica, escolástica, al afirmar que la ley natural es aquélla que participa de la ley eterna y ordena la conducta de la criatura racional, llamándose así porque lo que manda o prohíbe lo hace en razón de la naturaleza del hombre y el ser humano posee conocimiento por la sola fuerza de la razón y es una misma e igual para todos los hombres y en todos los lugares y épocas. Aun negando cualquier vínculo entre la razón humana y la divina, se afirma también el Derecho natural, al deducirse de la propia naturaleza racional del hombre. Ya no es, por tanto, algo impuesto al hombre, desde una instancia superior, trascendente, sino algo inmanente a éste, fruto de su propia razón y conocimiento”. )
Mi razón y mi conocimiento me dictan que si el sistema educativo imperante, no responde a las necesidades INTEGRALES de mis hijos, es MI RESPONSABILIDAD, tomar acción directa y OCUPARME personalmente que gocen de la libertad de educarse sin poner en riesgo su integridad. Alertan que 200 mil alumnos van a la escuela medicados. Aulas violentas, cuando el problema son los adultos. Aumentan los accidentes en la escuela, sobre todo en los recreos. Cayó un cielo raso en una escuela y hay tres chicas heridas. Colegio tomado. Confirman la suba en colegios privados desde el 1º de julio. Denuncian el mal estado edilicio del Otto Krause. Directivos de una escuela bajo la lupa. El autoritarismo, la escuela y la sangre derramada. El método Gran Hermano habría llegado a una escuela. Emotivo pedido para que no mueran más chicos en accidentes de tránsito. En la escuela no se consigue. Escobar, echan al director y a 27 docentes por un escándalo sexual. Estalló un escándalo sexual entre profesores y alumnas en una escuela. La escuela acusada. La aventura de enseñar y aprender en medio de la montaña. La OTAN bombardeó una escuela en Afganistán, hay 7 chicos muertos. Los adolescentes franceses más cerca de la depresión y el alcohol. Protestas por robos y agresiones a niños de una escuela de Caballito. Se le cayó el mástil de la escuela y está internado. Susto en una escuela por un supuesto escape de gas. Tres meses sin clase por falta de una sede. Alumnos toman escuela en Palermo. Escuela expuesta a radiación. 3 Intoxicación en escuela de Córdoba. Escuela sin clases. Escuelas deplorables. Niño muere en escuela. Una vicedirectora y una maestra se trenzan a golpes ante los alumnos… Desde el Grupo Educación Personalizada no sólo “tratamos de averiguar” si es posible educar en casa en Argentina, con conocimiento de causa, AFIRMAMOS: Educar en Casa en Argentina ES LEGAL
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July 7, 2009 at 9:33 am
He recibido este mensaje en mi correo
Somos un matrimonio católico con 6 hijos: mujer de 22 años, novicia carmelita, hombre de 20 años, estudiante de Ingeniería Comercial en la Universidad Católica, 3 mujeres (16,15 y 13 años) y hombre de 10años
que estudian en un colegio de los Legionarios de Cristo.
Estamos sufriendo viendo como nuestros hijos reciben una mirada completamente distinta a la que queremos darle y además ellos mismos nos insisten en que la forma de aprender en el colegio es sumamente
aburrida y poco motivante.
Para tal efecto hemos investigado en Internet distintos caminos, especialmente en otros países como Estados Unidos donde muchos padres católicos hacen homeschool con sus hijos, pero acá en Chile no hemos
encontrado alternativas parecidas, salvo en Concepción donde una sra. Llamada Catherine Mchurthy, adventista, imparte cursos para padres, pero nuestra opción es diferente porque trasmitir la fe católica y con la mirada de la Iglesia nos parece la mejor herencia que podemos entregar a nuestros hijos.
Quisiera saber si ustedes conocen de familias católicas, profesores o instituciones que nos pudieran colaborar en esta materia.
Agradeciendo mucho su pronta respuesta, los saluda,
Andrea Larraín
June 5, 2010 at 6:50 am
Hola,
En relación a la decadencia del sistema educativo actual, creo que ya está todo dicho hace bastante tiempo.
Mis dudas son un tanto respecto a lo pragmático o no de una alternativa gestada en el núcleo familiar.
No creo que sea posible para todo el mundo alcanzar y manejar en su conjunto, el conocimiento, los recursos y la practica que se requieren para “educar” a un niño.
Es decir, la educación formal o no, no es un echo trivial, ciertamente hay todo un universo y la verdad, la mayoría entiende muy poco de que se trata o como funciona.
Y en este sentido creo que como individuos debemos enfocar nuestra energía en la apertura de la institucion educativa en si misma, cómo podemos pasar de la picadora de carne a algo mejor, y para aquellos que piensan que el actual modelo es un gran elefante que poco puede hacer por adapterse entonces ahi, si, deberíamos contar con alternativas como por ejemplo la “Escuela Primaria Rural Area Protegida Paso Córdova” http://escuelaerap.blogspot.com/2008/06/erap-escuela-rural-area-protegida.html
Sin embargo debo aclarar que lamentablemente hoy por hoy el estado les niega el derecho igualitario a existir como escuela, el hecho de carecer de un marco legal le quita toda validez.
Por un lado las intituciones paralelas no son legales, por otro lador no creo en las familias perfectas, ergo educar en casa puede ser un gran fracaso y experimentar por que si no parece sano para nadie.
Entonces la pregunta sería, en un mundo donde la doctrina principal de la institucion educativa es mas de lo mismo para todos, ¿ Cómo luchamos contra la comida chatarra que le dan a nuestros hijos en la escuela ?
Apoyamos la apertura de la institucion educativa, los modelos paralelos u complementarios, o noss ?
Bill.
August 17, 2010 at 4:50 am
Hola. Mi nombre es Melina y soy madre de una niña de cuatro años que en este momento está concurriendo a una institución escolar. Sin embargo no me encuentro conforme con la misma (no por esa institución en aprticular sino por como se maneja la educación institucionalizada). Estuve investigando acerca de la posibilidad de comenzar a educar en casa a mi niña (aunque creo que con mi pareja ya lo estamos haciendo, cada vez mas nos animamos a dar pequeños pasos en relación a esto). Nos cuesta termianr de tomar la decisión, es por esto que me gustaría poder contactarme con gente que está en esta situación y poder apoyarnos mutuamente.
Quisiera saber si hay alguna agrupación que se esté dedicando a esto en la argentina.
Muchas gracias.
November 24, 2011 at 2:41 am
cuales son los tramites “legales” para iniciar con la escuela en casa, los niños rinden examen en una escuela publica cercana..? donde puedo obtener esa informacion? y contactarme con familias que practiquenen esta amorosa manera de educar? vivo en argentina, buenos aires.
Coni