El Plan de absentismo escolar de Barcelona recoge el «homeschooling».

Pla integral de millora de l’escolarització i tractament de l’absentisme escolar de Barcelona

El plan fue aprobado el 28 de octubre de 2008 y se enmarca en el Proyecto Educatiu de la Ciutat Barcelona,  que se constituye como un plan de acción que va de 2008 a 2011. El plan se redactó en su documento base en 2008 aunque cuenta con modificaciones añadidas durante el plenario de Julio de 2009, a cargo del Consorci d’Educació de Barcelona, constituido por el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat Catalana. Aquí el documento.

Es el único plan dirigido a neutralizar el absentismo escolar en todo el Estado Español que diferencia claramente dos situaciones ante las que los servicios sociales actuarán de modo diferenciado. De una parte la situación de absentismo habitual, y de otra la educación fuera del circuito escolar que está siendo impartida en el hogar que dentro del plan se identifica como  Educación en casa (homeschooling).

–         Educación en casa («homeschooling»): De entre el alumnado desescolarizado o no matriculado, se deben distinguir las familias que deciden educar a sus hijos o sus hijas en su casa, dado que la actuación del administración debe ser muy específica. En estos casos, los servicios sociales municipales y / o en su caso, los Equipos de Atención a la Infancia y Adolescencia (EAIA) deberán hacer una valoración global de la situación personal, familiar y social de los / las menores y especificar si existen otros factores de riesgo además del absentismo escolar. Si no hay otros factores de riesgo y los / as tutores / as legales están ofreciendo algún º tipo de educación «alternativa» a la legalmente establecida, se deberá remitir informe al CEB para la valoración de cada caso desde una perspectiva más administrativa que coercitiva, ya que no existe una normativa clara al respecto. En todo caso, el Código Penal prevé que se puedan hacer denuncias por incumplimiento de los deberes asistenciales de los tutores (art. 226 del Código Penal) (ver circuito de actuación pág. 34).

 

 

 

El objeto de este Plan es conseguir la plena escolarización de todos los niños entre 3 y 16 años de la ciudad de Barcelona, reduciendo al máximo el absentismo escolar durante la etapa de educación infantil (3-6 años), eliminando totalmente el absentismo escolar durante la etapa obligatoria (6-16 años) y potenciar el incremento gradual de alumnado que sigue estudios post-obligatorios, otras acciones formativas y / o acciones de inserción laboral.

Alumnado entre 3 y 16 años no matriculado en ningún centro educativo Estas situaciones requieren un tipo de intervención muy específica, en función de las especificidades de la situación familiar y social del alumno / a. Son casos que pueden ser detectados por los centros educativos, los cuerpos policiales, los servicios sociales o la red vecinal o social (ver circuito de actuación, pág.32).

– Alumnado no matriculado (no escolarizado): Se trata de alumnado que no está matriculado en ningún centro educativo de la ciudad. Las causas pueden ser variadas, pero en general se trata de familias de origen inmigrante itinerantes, recién llegados que aún no conocen el sistema educativo de nuestro país, etc. La acción preventiva puede ser muy eficaz en estas situaciones, como por ejemplo establecer circuitos de detección con instituciones y entidades que trabajen con inmigrantes, con el objetivo de informar a las familias y coordinar el tratamiento de los casos.

– Desescolarización: Cuando el alumno / a ha sido anteriormente matriculado en algún centro docente, pero ha abandonado prematuramente la escolaridad y la familia no está ofreciendo al alumno / a una educación «alternativa» (p.ej. educación en casa ), se considerará que es un caso de privación del derecho a la escolaridad. Estos casos se valorarán de forma singular antes de derivarlos a instancias superiores, ya que deben tener un importante trabajo socio-educativo y familiar previo, con la adopción de medidas educativas y familiares específicas. En todo caso, cuando no es posible solucionar esta situación dentro del marco del Plan de Actuación Individual, se actuará como se especifica en el punto «Tratamiento de los casos no resueltos en el territorio» (pág. 35 del presente documento), remitiendo el expediente al Consorcio de Educación para que proceda a su tramitación.

La administración educativa debe garantizar una plaza escolar a todo el alumnado en edad de escolaridad obligatoria, siendo la familia quien debe proceder a la matriculación del / la menor, con el apoyo, en su caso, los servicios sociales municipales . Si la familia no hace efectivo este trámite, el Consorcio de Educación procederá a la elaboración del expediente que se remitirá a las instancias superiores.

 

Dentro del marco legal de actual plan, se mencionan los artículos 5 y 57 del proyecto de Ley de Educación de Catalunya , pero no hace referencia a la ley ya aprobada. Aun así, el Plan fue diseñado bajo las directrices del proyecto de Ley, que aparece expresamente señalado como una de las normas que constituyen el marco legal.

En el texto no se especifican cuáles han sido las modificaciones de 2009 al texto, pero precisamente la Ley de Educación de Catalunya se aprobó el 10 de julio de 2009, por ello días antes de las citadas modificaciones.  Podría ser que las modificaciones tendrían precisamente que ver con la aprobación de la Ley, y por ello la adecuación del Plan a la nueva normativa. Actualmente el plan está en estadio de aplicación y en espera de la valoración de los resultados obtenidos para el año 2012.

Este Plan reconoce expresamente la diferencia entre el absentismo y la desescolarización producida porque la educación se está impartiendo en el hogar. Además, no recoge la franja de edad derivada de la LOE, de 6 a 16 años de escolarización obligatoria, sino la franja mucho más temprana de 3 a 16 años, indicando que estas situaciones requieren intervención.

 

Projecte de Llei d’Educació de Catalunya:

Títol I, art. 5. Els ensenyaments obligatoris

1. Són ensenyaments obligatoris l’educació bàsica, que inclou l’educació primària i l’educació secundària obligatòria.

2. El segon cicle d’educació infantil i els ensenyaments obligatoris són gratuïts.

Titol V, capítol 2, art. 57, 4. De manera específica, en l’educació secundària obligatòria, s’han d’establir programes de diversificació curricular orientats a la consecució de la titulació. Aquests programes poden comprendre activitats regulars fora del centre, si escau en col·laboració amb les administracions locals, i s’han de desenvolupar amb les mesures de garantia que es determinin reglamentàriament.

Nota:  CEB: Consorci d’Educació de Barcelona

El Plan recoge recorridos de este tipo para el seguimiento de los casos de absentismo.

6 comentarios en “El Plan de absentismo escolar de Barcelona recoge el «homeschooling».

  1. La franja de 3 a 6 años no debería ser obligatoria. El niño es todavía muy joven para estar escolarizado forzosamente de 9 a 5, es una barbaridad para un niños tan pequeño -3 añitos-, y no entiendo porqué, en otros países europeos o desarrollados, la incorporación a la escuela se hace de forma muy gradual y pocas horas al principio -dos por ejemplo-, y en algunos no hasta los cinco o seis años.

    Dicho eso, parece muy positivo esa distinición y hasta podría acercarnos con buena voluntad al modelo británico, es decir, que cuando la familia no escolariza, la administración se asegura de que están recibiendo educación «efectiva » » de otra manera » «education otherwise». No está mal, pienso yo.

  2. Arantza, creo que dice que el Objetivo del Plan es la plena escolarización de los 3 a los 16 años, pero no dice que la franja de 3 a 6 años sea obligatoria. No lo puede decir porque el plan no puede ir contra las leyes orgánicas que establece como obligatoria la franja de edad de 6 a 16. Luego ahí no hay problema legal ni judicial alguno.
    Un saludo

  3. Hola, Ipe, no, no es un error. Este apartado del Plan lleva este encabezamiento: Alumnat entre 3 i 16 anys no matriculat en cap centre educatiu.

    Destinataris
    Els destinataris últims de les accions planificades seran els infants i joves entre 3 i 18 anys que viuen a la ciutat de Barcelona, així com les seves famílies.

    De manera que los destinatarios del plan son aquellos que se encuentran en la franja de 3 a 18 años en el área de Barcelona.
    Si embargo, dentro del plan se reconoce la normativa tal y como es:
    2. L’ensenyament bàsic compren deu anys d’escolaritat i es desenvolupa, de forma regular, entre els sis i els setze anys d’edad.
    Aunque está claro que quieren incidir actuando en etapas anteriores a la franja obligatoria:
    El presente Plan será de aplicación en todos los centros de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria y / o educación secundaria obligatoria de la ciudad de Barcelona, así como el conjunto de la comunidad educativa y los servicios y las instituciones con competencias en la resolución de la problemática del absentismo escolar.
    Puede ser que las razones sean varias. Una de ellas es que la LEC catalana no puede añadir esos tres años a la franja obligatoria porque vulneraría la Ley orgánica, que es el marco de la normativa autonómica.
    Segundo no es una circular de absentismo, es un Plan de actuación, muy amplio,que pretende erradicar las situaciones de desventaja social de colectivos marginados. Así actúan sobre situaciones de absentismo en edades que no son de escolarización obligatoria, pero pueden apuntar hacia una situación de ese tipo en el futuro, sobre todo si concurre con algún otro factor de riesgo. Barcelona es una gran ciudad y hay mucha problemática de marginalidad, supongo que pretenden poner medidas preventivas.
    Estoy intentando dar mi versión de lo que es la filosofía del plan,sin meterme en camisa de once varas, lo que no significa que me parezca adecuado en todos sus aspectos.

  4. Hola, estoy decidida a desecolarizar a mi hijo de 7 años del colegio,soy de Barcelona,me podrias decir cual es el primer paso que debo hacer? Estoy bastante perdida y lo quiero hacer lo antes posible, ya me han dado la carta para decirles si mi hijo continuará en el cole este año o no.
    Muchas gracias

    Ana

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